Abogada ICAB nº 22359 · Responsabilidad sanitaria · Barcelona

Abogada de negligencias médicas en Barcelona

Sanidad pública y privada: reclamaciones por mala praxis, con historia clínica y perito médico como base del caso.

Una negligencia médica es, ante todo, un caso técnico: hace falta la historia clínica completa y un informe pericial médico riguroso antes de poder afirmar que hubo mala praxis. El cauce legal, además, cambia por completo según el centro sea público o privado, y elegir la vía correcta desde el principio condiciona todo lo que viene después.

§ 01 Qué hacemos

Reclamar una negligencia médica en Barcelona, paso a paso

Estudio del caso, obtención de la historia clínica, valoración pericial y reclamación por la vía que corresponda, pública o privada.

Como abogada de negligencias médicas en Barcelona, ayudo a valorar si un daño sufrido en el ámbito sanitario —un diagnóstico tardío, un error quirúrgico, una infección hospitalaria, una falta de consentimiento informado— puede dar lugar a una reclamación viable. No toda mala evolución clínica es una negligencia: la medicina tiene un margen de riesgo asumido, y solo cuando se acredita una infracción de la lex artis —la actuación exigible a un profesional diligente en esas circunstancias— existe responsabilidad.

Por eso el punto de partida siempre es documental: solicitar la historia clínica completa, con todas sus pruebas, informes y anotaciones, es el primer paso imprescindible. Sin ese expediente completo no es posible que un perito médico independiente valore si hubo o no una actuación incorrecta, y en qué medida esa actuación causó o agravó el daño.

La vía de reclamación depende del centro. Si la atención fue en la sanidad pública —hospitales y centros del Servei Català de la Salut o de cualquier otra administración—, se trata de una reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, con un procedimiento administrativo propio, distinto al civil, que exige presentar la reclamación ante la propia Administración sanitaria antes de poder acudir, en su caso, a la vía contencioso-administrativa. Si la atención fue en un centro o profesional privado, la reclamación se plantea por la vía civil, por responsabilidad contractual o extracontractual, directamente contra el profesional, la clínica o su aseguradora.

En ambos casos, el perito médico es la pieza central del expediente: su informe es el que permite sostener, con criterio técnico, que hubo una infracción de la lex artis y cuantificar el daño mediante el baremo de referencia aplicable a lesiones y secuelas.

§ 02 Materias

Sanidad pública, sanidad privada y prueba pericial

Tres elementos que condicionan cualquier reclamación por mala praxis médica y que conviene abordar desde el primer día.

Responsabilidad patrimonial en sanidad pública

Cuando el daño se produce en un centro público, la reclamación se dirige contra la Administración sanitaria por la vía de la responsabilidad patrimonial, regulada por normativa administrativa específica. El plazo para reclamar se cuenta, con carácter general, desde la estabilización de las secuelas —es decir, desde que se conoce el alcance definitivo del daño, no necesariamente desde el hecho asistencial—, y conviene verificar el cómputo exacto aplicable a cada caso antes de dar por perdido el plazo.

Reclamación en centros y aseguradoras privadas

En la sanidad privada, la reclamación discurre por la vía civil, frente al profesional, la clínica o, muy habitualmente, su compañía de seguros de responsabilidad civil profesional. Aquí entran en juego tanto la responsabilidad contractual —si existía una relación directa de servicios médicos— como la extracontractual, y suele ser posible negociar directamente con la aseguradora antes de plantear una demanda.

Historia clínica completa y perito médico

Todo paciente tiene derecho a obtener copia íntegra de su historia clínica: informes, pruebas de imagen, analíticas, hojas de anestesia y notas de enfermería. Sobre esa base, un perito médico de la especialidad correspondiente analiza si la actuación se ajustó a la lex artis y determina la relación de causalidad entre el acto médico y el daño, informe sin el cual ninguna reclamación por negligencia tiene recorrido real.

§ 03 Cómo trabajamos

De la historia clínica a la reclamación

Un procedimiento riguroso, apoyado siempre en la prueba médica, adaptado a si el centro es público o privado.

1. Estudio inicial del caso

Se analiza qué ocurrió, qué documentación existe ya y si, a primera vista, hay indicios de una posible infracción de la lex artis que justifique seguir adelante.

2. Obtención de la historia clínica

Se solicita al centro sanitario, público o privado, la historia clínica completa del paciente, requisito indispensable antes de encargar cualquier informe pericial.

3. Informe pericial médico

Un perito de la especialidad correspondiente valora la actuación asistencial, determina si hubo negligencia y cuantifica el daño según el baremo de lesiones aplicable.

4. Reclamación y, en su caso, procedimiento

Se presenta la reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración o la reclamación civil frente al centro privado y su aseguradora, con acompañamiento durante todo el procedimiento posterior.

§ 04 Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre negligencias médicas en Barcelona

¿Cómo se reclama una negligencia médica en la sanidad pública?

Se presenta una reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración sanitaria correspondiente, acompañada de la historia clínica y, siempre que sea posible, de un informe pericial médico. Es un procedimiento administrativo previo a cualquier vía judicial, con un plazo de reclamación que, con carácter general, se cuenta desde la estabilización de las secuelas.

¿Qué diferencia hay entre reclamar a un hospital público y a una clínica privada?

Frente a un centro público se sigue la vía administrativa de responsabilidad patrimonial, con sus propios plazos y trámites; frente a un centro o profesional privado se acude a la vía civil, dirigida contra el profesional, la clínica o su aseguradora. Los plazos, la prueba y el procedimiento aplicable son distintos en cada caso.

¿Cómo consigo mi historia clínica completa?

Todo paciente tiene derecho a solicitarla por escrito al centro sanitario donde fue atendido, que debe entregar copia íntegra de informes, pruebas y anotaciones dentro de un plazo razonable. Es el primer paso imprescindible antes de valorar cualquier reclamación por negligencia médica.

¿Qué papel tiene el perito médico en la reclamación?

El perito médico analiza la historia clínica y determina si la actuación se ajustó a la lex artis y si existe relación de causalidad entre esa actuación y el daño sufrido. Su informe es la prueba técnica central del expediente, tanto en sanidad pública como privada, y sin él la reclamación difícilmente prospera.

¿Cuánto se puede obtener por una indemnización por negligencia médica?

No existe una cifra general: la indemnización depende de las secuelas, la edad y circunstancias del paciente, y se valora conforme a los baremos de referencia para lesiones y su repercusión en la vida diaria y laboral. Es el informe pericial el que permite cuantificar el daño con criterio técnico en cada caso concreto.

§ 05 Otras materias

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